Edad mínima, peso máximo y tres guías por salto: así queda regulado el bungee en Chile por primera vez

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La Resolución Exenta N°271 de Sernatur, publicada este 28 de julio, moderniza los estándares técnicos de 15 actividades e incorpora por primera vez un marco regulatorio para el salto bungee.

Este 28 de julio se publicó en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°271 del Servicio Nacional de Turismo (Sernatur), que actualiza los estándares técnicos de 15 actividades de turismo aventura e incorpora, por primera vez, el salto bungee.

La actualización fue impulsada por la Subsecretaría de Turismo y Sernatur, con la ejecución técnica del Instituto Nacional de Normalización (INN), en un proceso desarrollado entre octubre de 2024 y fines de 2025. El marco vigente hasta ahora tenía cerca de veinte años, por lo que su renovación permite incorporar nuevos estándares de seguridad, mejoras operacionales y buenas prácticas alineadas con la evolución de la industria y las referencias internacionales.

El trabajo se realizó mediante un proceso participativo que reunió al sector público, la academia, prestadores de servicios turísticos, asociaciones gremiales y especialistas en cada disciplina, con el fin de construir normas consensuadas y acordes con la realidad del rubro.

Las quince normas técnicas actualizadas son: Montaña, Alta montaña, Deslizamiento sobre nieve en áreas no delimitadas, Excursionismo o trekking, Senderismo o hiking, Actividades ecuestres, Cicloturismo, Escalada en roca, Pesca recreativa, Observación de biodiversidad, Cañonismo, Canopy, tirolesa y/o arborismo, Sandboard, Parapente y Vehículos todo terreno.

La publicación forma parte de una agenda más amplia de la Subsecretaría de Turismo y Sernatur para fortalecer el desarrollo seguro y sostenible del turismo aventura en Chile. La actualización complementa el proyecto de Ley de Turismo Aventura, que se encuentra en etapa de recepción de indicaciones para continuar su discusión en la Comisión de Economía.

La subsecretaria de Turismo, María Paz Lagos, señaló: “Chile ha sido reconocido en siete ocasiones como el Mejor Destino de Turismo Aventura del Mundo en los World Travel Awards, y ese liderazgo también nos exige avanzar con decisión en seguridad. Por eso, la actualización de estas normas, que fue producto de un trabajo colaborativo con la industria, y la incorporación por primera vez del salto bungee son pasos muy importantes, que se suman al proyecto de Ley de Turismo Aventura, que ya fue aprobado en general por el Senado y sigue avanzando en su tramitación. Queremos que quienes elijan Chile para vivir estas experiencias puedan hacerlo con confianza y seguridad”.

El documento está disponible en el Diario Oficial y en el Portal de Servicios Turísticos de Sernatur, en la sección ‘Recursos’.

Salto bungee: una actividad con reglas por primera vez

El proceso permitió desarrollar dos normas nuevas: Vocabulario de Turismo Aventura y Salto Bungee. La primera unifica conceptos y criterios técnicos para el sector; la segunda introduce por primera vez un marco regulatorio específico para el bungee en Chile, con requisitos sobre instalaciones, equipamiento, competencias del personal, gestión del riesgo y protocolos de emergencia.

Para el director nacional de Sernatur, Cristóbal Benítez, “la actualización de este conjunto de normas representa un avance significativo para el sector turístico que busca mejorar las prácticas de seguridad del turismo aventura en Chile. También, por la incorporación de la norma técnica salto bungee y puenting, que es la principal novedad de este proceso porque crea, por primera vez, un estándar técnico específico para esta actividad en nuestro país”.

La norma fija límites concretos para la práctica del salto bungee. La edad mínima para participar es de 12 años, y los menores deben contar con autorización de su padre, madre o tutor legal. Las personas mayores de 60 años deberán presentar un certificado médico que las habilite para realizar actividades de turismo aventura. En cuanto a las condiciones físicas, se exige un peso mínimo de 40 kg y un máximo de 175 kg, que debe verificarse en dos oportunidades antes del salto. Además, se requieren tres guías por cada cliente que realiza la actividad, entre otros requisitos.

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