Las administradoras y fondos de inversión deben prepararse frente a las nuevas exigencias en torno a los criterios ESG

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Robinson Lizana, socio Auditoría de Grant Thornton

Mayo se caracteriza por ser un mes de numerosas asambleas de los fondos de inversión en Chile. Una instancia y época clave para que sus representantes tomen cartas en el asunto respecto de los criterios medioambiental, social y de gobernanza corporativa (ESG o ASG) y que son claves a la hora de invertir en una empresa.

En el ámbito de las próximas revelaciones sobre estas materias, nos encontramos con un sector expuesto debido a la amplitud de intereses que abarca, así como también por las propias disposiciones del regulador, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

Relacionado con lo anterior, el gremio que agrupa a los fondos de inversión y por tanto a las propias gestoras, la ACAFI, ha publicado recientemente una interesante guía de inversión sostenible en Chile. Un documento que entrega información sobre el estado actual de la inversión sostenible en la industria de fondos, dando un panorama general, estándares globales y descripción de iniciativas, levantamiento de datos, y los desafíos y oportunidades en torno a estas materias.

Resultará interesante para los actores del sector tener presente aquellas orientaciones y, a la vez, estar preparados frente a la normativa de los reguladores del mercado financiero sobre la materia. En efecto, la CMF publicó en noviembre de 2021 la Norma de Carácter General Nº 461, aplicable a entidades supervisadas por la comisión (bancos, compañías de seguros, emisores de valores de oferta pública, administradoras generales de fondos y bolsas de valores), que modifica el contenido de la Memoria Anual de los emisores de valores de oferta pública, incorporando temáticas de sostenibilidad y gobierno corporativo de manera integral en ese reporte.

Dicha norma tiene el objetivo de que se reporten las políticas, prácticas y metas adoptadas en materia ESG para que tanto los inversionistas como el público en general “puedan evaluar y seleccionar aquellas alternativas de inversión en que estarían mejor resguardados sus intereses y distinguir aquellas compañías más preparadas para identificar, cuantificar y gestionar sus riesgos”.

La CMF estableció que sin perjuicio de que las entidades podrán voluntariamente reportar su Memoria Anual conforme a la nueva normativa a contar del presente año -que se reporta el 2023-, quedarán obligadas a hacerlo de acuerdo con el siguiente cronograma:

Para aquellas Sociedades Anónimas Abiertas (SAA) que superen el equivalente a 20 millones de UF en activos totales consolidados calculados a la fecha de inicio del año a que se refiere la Memoria, se aplicarán a partir del 31 de diciembre de 2022. Esto significa que deberán remitir su Memoria conforme al nuevo formato desde marzo de 2023.

Para aquellas SAA que superen el equivalente a 1 millón de UF en activos totales consolidados a la fecha de inicio del año a que se refiere la Memoria, se aplicarán a partir del 31 de diciembre de 2023.

Plazos más extensos se tienen para otro tipo de sociedades anónimas.

Será interesante contar con los diagnósticos oportunos y certeros sobre el tema y asegurar que los planes de acción para asegurar el cumplimiento de esta norma sean adecuados y estén sincronizados tanto para las administradoras como para los fondos de inversión. Esto, de manera tal que los aportantes, comité de vigilancia, el directorio y otras instancias estén en armonía y congruencia en materias de revelaciones requeridas, especialmente al considerar una diversidad de aportantes y activos subyacentes, así como también asegurar que estas revelaciones se condicen con las de gestión de riesgos en las notas explicativas a los estados financieros auditados. Estas revelaciones dicen relación con:

  • Perfil de la entidad
  • Gobierno corporativo
  • Estrategia
  • Personas
  • Modelo de negocios
  • Gestión de proveedores
  • Ciertos indicadores de cumplimiento regulatorio y de sostenibilidad.

Importantes participantes de la industria disponen de políticas de inversión sostenible que publican por intermedio de sus sitios web. Otros, están revisando las definiciones ESG o las están incorporando como parte de las políticas relevantes, especialmente en cuanto a su adecuación con los estándares internacionales ASG y que, por lo tanto, serán materia de evaluación en las labores de auditoría externa. Mientras, otras tantas entidades deberían estar ocupadas revisando las tareas de formulación de las definiciones, los planes de acción y los procedimientos que serán las bases y sustento de estas materias tan relevantes para el mercado nacional y global.

En definitiva, se trata de una tarea que hay que abordar ya, con algo de prisa y sin pausa. No se trata de una moda, tampoco de una tendencia, sino de una nueva norma de proceder que nos permitirá estar a la altura de los tiempos globales.

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