Declaran Humedal Urbano a toda la extensión del Río Mapocho, desde Lo Barnechea hasta Padre Hurtado

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Un hito histórico para la protección ambiental de la Región Metropolitana: el Ministerio del Medio Ambiente resolvió declarar Humedal Urbano a la totalidad del Río Mapocho, abarcando 647 hectáreas a lo largo de 77,6 kilómetros, desde la precordillera en Lo Barnechea hasta su confluencia con el río Maipo en Padre Hurtado. La medida establece un marco de resguardo ambiental para uno de los principales ejes naturales de Santiago, reconociendo su valor ecológico, social, territorial y turístico.

La decisión, formalizada mediante Resolución Exenta N°09638 del 31 de diciembre, se suma a las declaratorias ya vigentes en Peñaflor, Talagante y El Monte, y convierte al Mapocho en el humedal urbano N°17 de la Región Metropolitana, al amparo de la Ley N°21.202.

Un proceso colaborativo y de alcance metropolitano

La solicitud fue presentada el 23 de enero de 2023 por el Gobierno Regional Metropolitano junto a 13 municipalidades que colindan con el río —Vitacura, Las Condes, Providencia, Santiago, Recoleta, Independencia, Quinta Normal, Renca, Cerro Navia, Pudahuel, Maipú, Padre Hurtado y Lo Barnechea—, siendo esta última la comuna coordinadora del proceso por su experiencia en la gestión de humedales urbanos (ocho declarados a la fecha).

Desde la autoridad ambiental regional, la seremi Sonia Reyes destacó que la declaratoria “establece un marco de protección ambiental a uno de los principales ejes naturales de Santiago, reconociendo su valor ecológico, social, territorial y turístico”, subrayando además el carácter participativo del proceso, que incorporó visiones municipales, de organizaciones ambientales y de la comunidad.

Un ecosistema clave para la ciudad

El Río Mapocho es vital para el ciclo hidrológico de la cuenca del Maipo y constituye el principal corredor biológico urbano de Santiago. A lo largo de su trazado por 16 comunas, el humedal alberga 83 especies de fauna registradas, 8 endémicas, 57 nativas y 16 exóticas, y cumple funciones esenciales como la mitigación de inundaciones, la regulación hídrica y la conectividad ecológica, además de ofrecer espacios de recreación y contacto con la naturaleza.

“La tarea recién comienza”, añadió la seremi Reyes, enfatizando que la conservación es un proceso de largo plazo que busca asegurar las características ecológicas y el régimen hidrológico, promover su uso racional y prevenir o mitigar amenazas que lo afecten.

Implicancias para la planificación y la inversión

Una vez publicada la resolución en el Diario Oficial, lo que ocurrirá en los próximos días, los municipios deberán incorporar el Humedal Urbano Río Mapocho como “área de protección de valor natural” en sus instrumentos de planificación territorial. Además, deberán elaborar ordenanzas generales para su protección y podrán postergar permisos de subdivisión, loteo, urbanización y construcción cuando corresponda.

Asimismo, la Ley 21.202 activa nuevas causales de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) para proyectos o actividades susceptibles de generar impactos en el humedal, reforzando el estándar de protección y evaluación para iniciativas futuras en el entorno del río.

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